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¡SIN VIOLACIÓN A SUS DDHH! Las reglas que aplican en la cárcel donde están los sobrinos Flores

¿Cómo funciona una cárcel en Estados Unidos? O específicamente, el Metropolitan Correctional Center de Nueva York (MCC por sus siglas en inglés), donde se encuentran recluidos los sobrinos de la primera dama de la República, Cilia Flores.

Esta cárcel, que dista bastante de los centros penitenciarios en Venezuela, está ubicada a pocos metros de la sede de la Corte Federal del Distrito Sur en Manhattan, y es una instalación de la Administración Federal de Estados Unidos que alberga en este momento a 721 prisioneros, hombres y mujeres con distintos niveles de seguridad de acuerdo a cada caso.

Vía: El Cooperante

Vía: El Cooperante

El recinto es controlado por la Oficina Federal de Prisiones y es una División del Departamento de Justicia de Estados Unidos. La mayoría de sus reclusos tienen casos pendientes y otros pagan condena. El MCC de Nueva York inició operaciones en 1975 y dentro de sus instalaciones los detenidos son asignados en grupos de 10 en celdas separadas e independientes, lo que hace que exista poco movimiento dentro del lugar.

El sistema de visitas es muy estricto y depende de la situación del recluso. En el caso de Efraín Campo Flores y Francisco Flores de Freitas por no tener aún ninguna sentencia, son considerados confinados “Pre-trial”, y sus parientes y amigos deben cumplir con ciertos requisitos para poder visitarlos.

Los requisitos


 1.- Los confinados “Pre-trial” pueden recibir (1) visita social de una hora por semana. El visitante que viaja una gran distancia se le dará una hora adicional. Cualquier hora adicional concedida estará comprendida dentro del día de la visita, y no excederá el horario ya determinado para las mismas.

2.- Debido al tamaño de la sala donde se realizan las visitas, estas están limitadas a tres adultos y tres niños.

3.- Cada confinado completa una lista de visitas. La lista no excederá de diez visitantes aprobados. Allí se cuenta a los miembros inmediatos de familia y a una persona allegada. La familia se define como madre, padre, padrasto, hijastros, padres adoptivos, nietos, hermanos, hermanas, esposo y niños. De ser necesario, se permitirá la visita a otros miembros de la familia (no-inmediato) con la apropiación del guardián del MCC.

4.- El equipo de la unidad notificará al confinado si el individuo es aprobado o desaprobado para la visita. Normalmente, no se permite a los visitantes ver a más de un confinado. Un visitante no puede estar en más de una lista de visita a menos que sean familiares con más de un confinado, es decir, dos hijos, padre e hijo, hijo e hija. Si el visitante desea visitar a ambos confinados su nombre debe estar en la lista de visita de ambos confinados.

5.- Todas las personas que entran a esta instalación Federal están sujetas a un registro y sus pertenencias (bolsas, cajas, vehículos, contenedores en los vehículos, chaquetas, abrigos, etc.)

6.- El periodo de visita comienza tan pronto el confinado entre a la sala de visita. El visitante será notificado diez minutos antes de que el tiempo de la visita está por terminar. El Equipo de la Unidad será responsable de fijar el horario..

7.- Las visitas de abogados pueden ocurrir 24 horas al día. Los abogados pueden visitar a sus clientes diariamente (uno a la vez) en la sala de visita en el tercer piso, desde las 6:00 am hasta las 8:00 pm. Estas no requieren aviso. Las visitas fuera de ese horario deben ser programadas con anticipación con el Departamento Legal.

8.- Vestimenta apropiada y de buen gusto es requerida en todo momento. Vestimenta provocativa o reveladora será motivo para negar cualquier visita. Los visitantes mayores de 12 años de edad no serán permitidos en la institución en faldas, pantalones cortos o vestidos que excedan más de tres pulgadas sobre la rodilla. Trajes de baño o vestimenta similar no se permitirá en la institución. Adicionalmente, camisas con capuchas; sombreros; o pañuelos en la cabeza no están permitidas, a menos que sea por motivos religiosos.

9.- No se permite traer alimentos o bebidas dentro de la institución. Los articulos de esta naturaleza se consideran contrabando. Sin embargo, los visitantes pueden comprar bebidas o alimentos de comer de las máquinas de venta en los cuartos donde visitan. Pueden compartir estos artículos con el confinado. Alimentos o bebidas no pueden salir del cuarto de visita.

10.- Un breve abrazo y beso de buen gusto está permitido al comenzar y al terminar la visita. Durante la visita solo se permitirá agarrarse de las manos, otro gesto sugestivo o contacto personal está prohibido y puede ser sujeto a cancelación inmediata de la visita.

11.- Los visitantes no pueden llevar dinero ni intercambiar dinero con los empleados de la cárcel o los confinados.

12.- Está prohibido fumar.

13.- Cualquier acto o intento de violar las reglas de visitas resultará en una acción disciplinaria contra el confinado. Esto puede incluir la cancelación de las visitas por un tiempo indefinido; la persecución criminal contra el visitante, y contra el confinado.

Con información de Caraota Digital.

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