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¡AL MARGEN DE LA LEY! Es inconstitucional el decreto que prohíbe vuelos a Margarita, explica un constitucionalista

El abogado constitucionalista José Vicente Haro aseguró que el decreto presidencial que prohíbe la navegación de embarcaciones y vuelos privados hacia y desde la Isla de Margarita, con motivo de la XVII Cumbre del Movimiento de Países No Alineados (NOAL), “es violatorio” de la Constitución Nacional y, por lo tanto, carece de legalidad.

Foto: Prensa Presidencial.

Foto: Prensa Presidencial.

Esa resolución viola directamente el derecho constitucional al libre tránsito, que no puede ser en modo alguno limitado o restringido por un decreto. Las únicas excepciones que se pueden establecer son aquellas que, de conformidad con una ley, establezcan algún tipo de requisitos o restricciones por cuestiones de seguridad y defensa de la Nación como es el caso de zonas estratégicas. Y la isla de Margarita no es el caso”, dijo Haro en entrevista para Prensa Unidad Venezuela.

El jurista refirió que el artículo 50 de la Constitución establece el libre tránsito de las personas por todo el territorio nacional. En este sentido, agregó:

El presidente se ha extralimitado en sus atribuciones constitucionales. Incluso viola lo señalado en el numeral 1 del artículo 19 la Ley Orgánica de Procedimientos Administrativos. De manera que, en mi opinión, hay suficiente base jurídica por la cual decir que es una decisión inconstitucional y, por ende, no es legal. Nada que sea inconstitucional puede ser legal y eso lo establece el artículo 7 de la Constitución, que dice que la norma suprema es la Constitución, y todos los órganos del Poder Público y los ciudadanos están obligados a cumplirla y acatarla”.

Recordó que la Convención Americana de Derechos Humanos habla también del libre tránsito como derecho fundamental.

“Una persona que no quiera acatar la medida basada en la defensa de sus derechos constitucionales, en teoría tiene razón; pero en la práctica, como estamos viendo y viviendo detenciones arbitrarias, tanto de líderes políticos como de ciudadanos, corre el riesgo de ser detenida arbitrariamente, lo cual sería ya una violación abierta a otro derecho como es la libertad personal. La Constitución Nacional para el gobierno es una especie de símbolo político”, prosiguió Haro.

Decreto hace aguas por todas partes

Aun cuando el Reglamento de Interior y Debates de la Asamblea Nacional indica que los diputados pueden sesionar en cualquier parte del país, el Ejecutivo también dictó una medida que impide a los diputados de la Asamblea Nacional sesionar en la Isla de Margarita en la semana en que se lleve a cabo la cumbre.

“Así como el presidente lo hace y es autorizado en Consejo de Ministros, los diputados, previa aprobación en sesión plenaria, lo pueden hacer. Además, los diputados electos en las regiones se deben a su regiones y deben, es su responsabilidad, estar pendientes de las necesidades de los ciudadanos que los eligieron”, detalló el abogado.

En tal sentido,advirtió que se constituye abiertamente un acto de discriminación violatorio del artículo 21 de la Constitución Nacional, que reza que ninguna persona puede ser discriminada por su origen étnico, género, edad sexo, salud, credo, orientación sexual, condición social y orientación política, entre otras.

Con información de Prensa Unidad Venezuela

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¡Este gobierno está descontrolado y viola sistemáticamente la Constitución! Deje sus comentarios

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