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¡ENTIERRAN EL RR! TSJ declaró inadmisible solicitud para reanudar la recolección del 20% (+Sentencia)

El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) volvió a lanzar una de sus sentencias a favor del régimen. El más reciente fallo del Poder Judicial termina de enterrar el revocatorio.

Este jueves, el TSJ declaró inadmisible la solicitud de amparo constitucional interpuesta a fin de reanudar la recolección del 20 % de las firmas para solicitar ante el Consejo Nacional electoral (CNE) la activación de un referendo revocatorio contra el presidente Nicolás Maduro.

Crédito: Prensa Presidencial

Crédito: Prensa Presidencial

De acuerdo con la sentencia, N° 153 de la Sala Electoral, “el ciudadano Julio Alejandro Pérez Graterol, interpuso acción de amparo constitucional conjuntamente con solicitud de medida cautelar innominada relativa a que se reanude el itinerario para la recolección del veinte por ciento de manifestaciones de voluntad para la activación del referendo revocatorio contra el Consejo Nacional Electoral (CNE)”.

Pérez Graterol denunciaba como alegato “la violación del derecho al sufragio y a la personalización y representación proporcional en el sufragio”.

La Sala Electoral declaró inadmisible la acción de amparo interpuesta por Pérez Graterol, “por inepta acumulación de pretensiones, de conformidad con lo establecido en con lo dispuesto en el artículo 81 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 78 eiusdem, aplicables supletoriamente al proceso de amparo según lo establecido en el artículo 48 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales”.

Para leer la sentencia completa haga clic aquí.

Con información de La Patilla.

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