En una decisión publicada casi en la medianoche del martes, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) volvió a hacer de las suyas y dictaminó que el Presupuesto de la nación 2017 sea presentado por el presidente Nicolás Maduro ante la Sala Constitucional y no ante la Asamblea Nacional, como lo contempla la Constitución.
La sentencia en la que el TSJ autoriza a Maduro a presentar el presupuesto bajo la forma de Decreto con Rango y Fuerza de Ley estuvo sustentada en el supuesto «desacato» que mantiene la mayoría opositora en la Asamblea Nacional, así como en el Estado de Excepción y Emergencia Económica.
De acuerdo con esta sentencia, Maduro deberá presentar el Presupuesto 2017 ante el TSJ durante los cinco (5) días siguientes a la notificación de la decisión.
La sentencia dispone que el decreto de presupuesto nacional estará sujeto al control de la Sala Constitucional del TSJ, conforme a lo dispuesto en los numerales 3 y 4 del artículo 336 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.
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Redacción Maduradas