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¡LA VAGANCIA ES OFICIAL! El decreto de Semana Santa no laborable incluye a empresas privadas

Los 14 supuestos motores que propuso Nicolás Maduro para reactivar la economía no terminan de arrancar cuando ya los mandan de vacaciones. El decreto 2276, publicado en la Gaceta Oficial 40868, señala como días no laborables 21, 22 y 23 de marzo para el sector público, pero también menciona al sector privado. Con esta medida el gobierno obliga a la empresa privada a detener sus operaciones en plena Semana Santa y en un tiempo donde el país requiere desesperadamente de producción y soluciones a la terrible crisis económica y escasez de alimentos.

El presidente Nicolás Maduro anunció el sábado 12 que decretaría feriado en la Semana Mayor para apoyar el ahorro de electricidad y agua.

Imagen: La Patilla.

Imagen: La Patilla.

Reseña El Nacional que en un principio se pensó que la medida solo afectaría al sector público, pero el texto oficial del decreto incluye a las empresas privadas. Quedan fuera de la medida las industrias que no puedan interrumpir sus actividades, según la Ley Orgánica del Trabajo.

El jueves 24 y viernes 25 de marzo, jueves y viernes santo, respectivamente, ya eran festivos no laborables en Venezuela, con esta nueva medida, el asueto se extiende a una semana

La decisión, dijo el mandatario, obedece a los problemas de sequía en los principales embalses del país caribeño que ha creado el fenómeno meteorológico El Niño y por los que el Gobierno ha buscado frenar al racionar el consumo de agua y electricidad, reseña la agencia de noticias EFE.

No están incluidos en el decreto los trabajadores vinculados al transporte de agua potable y químicos necesarios para su potabilización: sulfato de aluminio líquido o sólido, policloruro de aluminio, hipoclorito de calcio o sodio gas (hasta cilindros de 2.000 libras o bombonas de 150 libras), traslado y custodia de valores, alimentos perecederos y no perecederos, medicinas de corta duración e insumos médicos, dióxido de carbono –hielo seco y oxígeno– gases o líquidos necesarios para el funcionamiento de centros médicos asistenciales.

También están exentos los que transporten materiales de construcción destinados a la Gran Misión Vivienda Venezuela, desechos de origen domiciliario, fertilizantes químicos y periódicos, encomiendas para usos agrícolas de la Gran Misión Agro Venezuela, gas de uso doméstico y combustibles destinados al aprovisionamiento de estaciones de servicio de transporte terrestre, puertos y aeropuertos, productos asociados a la actividad petrolera, así como materiales y equipos eléctricos.

Igualmente se indica que el Seniat y Sudeban podrán establecer normas especiales de implementación del asueto. Los viceministerios serán los encargados de ejecutar y velar porque se cumpla la norma presidencial.

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