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¡PISOTEAN LA LEY! BCV viola la Constitución y su propia Ley al imprimir billetes en el extranjero

Según el abogado constitucionalista José Vicente Haro, la impresión de papel moneda fuera del país constituye una grave violación a la soberanía venezolana, a la Constitución y a la propia ley del Banco Central de Venezuela (BCV), por lo cual su presidente, Nelson Merentes, debería ser interpelado por la Asamblea Nacional y hasta removido de su cargo.

“Siendo el BCV el encargado de todo lo que tiene que ver con la emisión del papel moneda venezolano, esto podría acarrear un voto de censura a su presidente y podría acarrear la aplicación de un procedimiento para su destitución del cargo”, precisó el abogado constitucionalista.

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Haro fue consultado en torno a la noticia publicada este viernes por el diario estadounidense The Wall Street Journal según la cual en los últimos meses han llegado al país unos 5.000 millones de billetes venezolanos y que se espera la llegada de otros 10.000 millones de billetes, así lo reseña Sumarium a través de una nota publicada en su portal.

“Esos cargamentos fueron parte de una importación masiva autorizada por el gobierno del presidente Nicolás Maduro en el segundo semestre de 2015, con la que intenta apuntalar la oferta de una moneda que vale cada día menos, según siete personas al tanto. Esto no es todo. En diciembre, el Banco Central de Venezuela inició negociaciones secretas para encargar otros 10.000 millones de billetes”, escribió el periódico.

“Conforme a la ley del BCV, necesariamente, obligatoriamente, los billetes venezolanos deben imprimirse en la Casa de la Moneda venezolana, que está adscrita al BCV. Si no tenía el papel, no tenía los recursos o no tenía las máquinas para hacerlo, lo que debió hacer fue importar el papel, importar las máquinas e importar todos los recursos necesarios y técnicos para imprimirlos en Venezuela. Aquí hay una violación a la ley del BCV y a principios establecidos en la Constitución, porque en este caso se está entregando la soberanía de Venezuela en cuanto a la impresión de su papel moneda. Esto es grave”, indicó el abogado.

“Esto amerita la comparecencia del presidente del BCV a la Asamblea Nacional para que explique por qué el papel moneda venezolano se está imprimiendo en el exterior y no lo está haciendo la Casa de la Moneda; para que explique por qué el BCV está entregando la soberanía en la impresión del papel moneda a una empresa en el exterior que también está imprimiendo el papel moneda de países como Zimbabue, que, paradójicamente, tiene una inflación tan alta como la de Venezuela”, agregó.

“Siendo el BCV el encargado de todo lo que tiene que ver con la emisión del papel moneda venezolano, esto podría acarrear un voto de censura a su presidente y podría acarrear la aplicación de un procedimiento para su destitución del cargo”, precisó.

Multa y cárcel a ministros que no asistan a la Asamblea Nacional

Consultado también sobre la no comparecencia de varios ministros y otros altos funcionarios del gobierno a la Asamblea Nacional para ser interpelados, Haro indicó que estos están en la obligación de hacerlo y el no acatamiento acarrea sanciones que van desde multas o cárcel hasta el voto de censura, lo cual implica la separación del cargo en los casos que sean de libre nombramiento y remoción.

“Tienen la obligación de comparecer. Existe una reglamentación al respecto que está estipulada tanto en el Reglamento de Interior y de Debates de la AN como en la Ley sobre el Régimen para la Comparecencia de Funcionarios y Funcionarias Públicos y los o las Particulares ante la Asamblea Nacional o sus Comisiones. No es facultad de los ministros decidir si quieren o no asistir”, indicó.

Explicó que los funcionarios que incumplan se exponen a multas, que pueden ser equivalentes a entre 100 y 300 Unidades Tributarias, aunque generalmente se aplica un término medio. Si no la pagan, serán sancionados con arresto proporcional a razón de un día por cada UT no pagada, y en este caso también tiene competencia el Ministerio Público. Cuando se trata de funcionarios de libre nombramiento y remoción, la AN puede imponer un voto de censura.

La aplicación de la sanción no está relacionada con el número de veces que el funcionario no realice la comparecencia, sino con la demostración o no de si tuvo razones válidas para no acudir.

“Es una potestad política de la Asamblea darle nuevas oportunidades y si aun así no comparece, entonces declarar la contumacia o desacato absoluto y proceder al voto de censura. Creo que no lo han hecho hasta ahora para darle el beneficio de la duda de que comparecerán en otra oportunidad. Si no son funcionarios de libre nombramiento y remoción lo que procede es la suspensión del cargo de dos a tres meses sin goce de sueldo”, concluyó Haro.

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