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¡ÚLTIMA HORA! TSJ declara constitucional decreto de emergencia económica dictado por Maduro

Con ponencia conjunta de todos los magistrados que conforman la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, se declaró la constitucionalidad del Decreto N° 2.184, mediante el cual se declara el Estado de Emergencia Económica en todo el territorio nacional, por un lapso de 60 días, el cual fue publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela N° 6.214 Extraordinario, del 14 de enero de 2016.

A juicio del TSJ el texto atiende «de forma prioritaria aspectos de seguridad económica, que encuentran razón, además, en el contexto económico latinoamericano y global actual, y resulta proporcional, pertinente, útil y necesario para el ejercicio y desarrollo integral del derecho constitucional a la protección social por parte del Estado» reza la nota de prensa enviada por la alta corte.

Nicolas Maduro en discurso con diputados y magistrados 02-02-2015

Foto: rnv.gob.ve

«La Sala Constitucional constató que se verifican los extremos de necesidad, idoneidad y proporcionalidad de las medidas de excepción decretadas, y que el decreto resguarda y no implica restricción de aquellos derechos cuyas garantías no pueden ser limitadas por expreso mandato constitucional, en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 337 del Texto Fundamental y 7 de la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción» se lee en el portal.

A juicio del TSJ, el decreto cumple con lo establecido en la Carta Magna, en tratados internacionales sobre derechos humanos suscritos y ratificados por Venezuela, y en la Ley Orgánica sobre Estados de Excepción.

De acuerdo al abogado constitucional José Hernández, esta sentencia de la Sala Constitucional «no afecta la decisión que debe adoptar la Asamblea Nacional, como control político». Y aclara: «Si la Asamblea Nacional decide no aprobar el Decreto de Emergencia Económica, éste se extinguirá de inmediato».

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