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¡VAN TRAS LA FARSA! Con declaraciones de los propios testigos rebatirán la condena de López

El dirigente de Voluntad Popular Leopoldo López, fue condenado a 13 años y 9 meses de cárcel por la jueza Susana Barreiros del Tribunal 28° de Control, al declarársele culpable por los cargos de incendio, daños e instigación y asociación para delinquir en relación a los actos violentos y protestas antigubernamentales durante el año 2014.

Si bien la sentencia contra el dirigente Leopoldo López fue presentada el viernes 2 de octubre ­con fecha de publicación del 1° de octubre­, la defensa aún no la tiene, pero sí pudo revisarla superficialmente en el Tribunal 28°, donde los abogados defensores aseguraron que los argumentos son débiles, y ya preparan la apelación, donde serán los mismos testigos quienes rebatirán la decisión.

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El fallo tiene casi 300 páginas, pero la parte motiva, que es la que establece los argumentos que justificarían una condena, no llega a 30 folios.

El abogado Juan Carlos Gutiérrez aseveró que la sentencia está cargada de vicios y que sus argumentos son débiles.

Es débil especialmente desde el punto de vista probatorio: nunca se acreditó el determinador en daños, hay ausencia de evidencia en cuanto al delito de incendio o de asociación para delinquir. Se basa en los testimonios de los expertos que analizaron el discurso y el Twitter de López, Rosa Amelia Asuaje y Mariano Alí, pero toma extractos con pinza que no reflejan la realidad de lo que dijeron y se contradicen con el testimonio de otros testigos que aclararon que Leopoldo López nunca llamó a la violencia, explicó.

Gutiérrez confirmó que cuenta con las actas escritas de las audiencias (declaraciones de los testigos), elemento esencial para contrarrestar los argumentos de Barreiros: Vamos a extraer las fichas de los testigos y vamos a contrastarlas con las que se seleccionaron para la sentencia. Hay muchas frases en el proceso que contradicen la decisión judicial.

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Dijo que hay hechos narrados en la sentencia que no se corresponden con los delitos por los cuales López fue imputado: En la sentencia no se dice que López forma parte de una banda de delincuencia organizada, lo que desmonta la imputación por asociación para delinquir.

Gutiérrez lamentó que se publique la sentencia y no se entregue a la defensa, porque restringe el tiempo que brinda la ley para la preparación de la apelación (10 días hábiles, de los cuales ya se descontó uno).

Vicios procedimentales. El abogado afirmó que el trabajo de la apelación no cambia en casi nada luego de examinar el fallo. Desde hace semanas la defensa arma los argumentos para evidenciar vicios procedimentales, entre los que están fallas en las pruebas, su mal manejo durante el juicio y la falta de publicidad del proceso.

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Hay un elemento probatorio fundamental, unos videos de la Fiscalía y de la defensa de Marcos Coello que habían sido admitidos y favorecían a López, pero fueron desestimados al final del juicio con el argumento de que se habían extraviado. El Código Orgánico Procesal Penal exige la reconstrucción de las pruebas extraviadas, señaló el abogado.

¿Qué tienen los videos? Uno de ellos muestra una fijación fotográfica de las cámaras del Ministerio Público, que representa una cronología de los hechos del 12-F.

Los estudiantes permanecen en la Fiscalía al retirarse López. Luego se ve a los jóvenes mirando hacia la esquina de Monroy en el momento en que se producen los disparos, y después se ve cuando cargan el cadáver de Bassil Da Costa. Se observa cómo eso generó la explosión de la gente, y luego una presencia de humo, que los testigos reconocen que fue una bomba lacrimógena que se lanzó desde el interior de la Fiscalía. Después se observa el ataque al Ministerio Público y es evidente que ninguno de ellos son los imputados.

Se evidencia que la muerte de Da Costa causó la violencia, no el discurso de López, explicó.

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En otro video que no se aceptó aparece López con un megáfono pidiendo a los manifestantes retirarse en calma. Se ve la reacción adversa a la petición de López de retirarse en paz que tuvieron varios manifestantes. Eso demuestra que no hubo determinación. Esos que se quedaron ahí no seguían sus instrucciones.

Incendio a instituciones


En el caso de incendio a instituciones públicas, el abogado Juan Carlos Gutiérrez aseveró que en la Fiscalía no hubo evidencias físicas de incendio y que la supuesta culpabilidad de López solo se sustenta en el testimonio de algunos testigos.

Nada tenía evidencia de haber sido quemado, ni siquiera se utilizó polvo de extinción. Las molotov que se usaron como evidencia nunca se encendieron.

Parece una jugada para simular la aparición de un delito que nunca ocurrió, indicó.

Aclaró que una cosa es leer la sentencia y decir que hubo incendio, pero otra muy distinta, y casi imposible, será demostrar efectivamente con pruebas que ese incendio en la Fiscalía sí ocurrió.

La defensa advierte además que en la Fiscalía se contaminó el sitio del suceso, y para probarlo ha mostrado fotografías de personas en el lugar antes de que llegaran los cuerpos de seguridad para hacer las investigaciones.

Daños


La defensa también desestimó el delito de daños porque el dirigente se retiró de la Fiscalía antes de que se desatara la violencia y pidió a los manifestantes que se retiraran en paz. como lo mostraron sus abogados en un video que la jueza Susana Barreiros no admitió. El abogado Juan Carlos Gutiérrez dijo: Los hechos de violencia se desataron luego de los lamentables asesinatos de Bassil Da Costa y Juan Montoya. Esos asesinatos desencadenaron la violencia, y no las palabras de Leopoldo. Aseguró que la cronología de los hechos demuestra que López se retiró mucho antes de que comenzara la violencia y los daños contra la Fiscalía. En el juicio el fiscal Franklin Nieves aseveró que el 12 de febrero no hubo cuerpos de seguridad del Estado que custodiaran la movilización porque la convocatoria de la marcha decía que era un acto pacífico. La defensa afirmó que eso demuestra que el discurso de López nunca llamó a la violencia.

Instigación a delinquir


La defensa de López también descartó las acusaciones por el delito de instigación a delinquir, que en el Código Penal se sanciona con pena de 3 a 6 años si se pone en peligro la tranquilidad pública.

El abogado Juan Carlos Gutiérrez afirmó: Se ha determinado que en el mensaje de López no hubo un llamado a cometer un delito. Dos adolescentes admitieron que ellos, de un grupo de seis, lanzaron los objetos contra la Fiscalía y quemaron las patrullas del Cicpc. Aseguraron que no actuaron bajo las órdenes de López. Además, ¿cómo es que se lanzan piedras contra esa sede durante 40 minutos sin que intervengan los cuerpos de seguridad del Estado?

La testigo estrella del Ministerio Público en el proceso, la experta en análisis del discurso Rosa Amelia Asuaje, indicó que sería irresponsable afirmar que el discurso de López ocasionó la violencia.

Asociación para delinquir


Juan Carlos Gutiérrez también rechazó el delito de asociación para delinquir, el más grave de todos, con prisión de 6 a 10 años, según la Ley contra la Delincuencia Organizada.

La Fiscalía dice que López fue eldeterminador en la actuación de los jóvenes, pero no logra demostrarlo. En sus teléfonos celulares no se encontró ninguna relación con López, así que no hubo manera de que se asociaran para cometer delito alguno, añadió. El abogado señaló que en el fallo tampoco se demuestra la asociación y que nunca se afirma que López ni ninguno de los acusados forma parte de una banda de delincuencia organizada. El día final del juicio los jóvenes Demian Martín y Ángel de Jesús González aseveraron que no conocían a López antes del proceso y que fueron a la manifestación del 12-F por su cuenta. En la revisión de los celulares de los jóvenes tampoco se encontró mensajes de texto o llamadas que los relacionaran con el dirigente.

El apoyo


Organizaciones defensoras de derechos humanos y dirigentes mundiales han respaldado a Leopoldo López desde el inicio del juicio en su contra y rechazaron su condena.

El Grupo de Trabajo de Detenciones Arbitrarias de la ONU instó al Estado venezolano a liberar a López. Determinó que al dirigente opositor se le violaron sus derechos constitucionales, políticos y civiles.

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El alto comisionado de la ONU para los Derechos Humanos, Zeid Raad al Hussein, manifestó preocupación por la detención de López: Exhorto a las autoridades venezolanas a liberar inmediatamente a López y a Daniel Ceballos, y a todos aquellos detenidos por ejercer su legítimo derecho a expresarse y protestar pacíficamente².

El Comité contra la Tortura también instó a la jueza 28ª de juicio, Susana Barreiros, a liberar al dirigente opositor Leopoldo López.

La OEA pidió que la comunidad internacional tuviera acceso a la sentencia.

El Parlamento Europeo, en voz de su presidente, Martin Schulz, rechazó la condena. La Internacional Socialista criticó la sentencia: La IS no puede sino rechazar y deplorar esta arbitraria decisión judicial.

Felipe González, ex presidente del gobierno español, afirmó al conocer el fallo: ³Venezuela se ha convertido en una dictadura de facto. Roberta Jacobson, subsecretaria de Estado para Latinoamérica de Estados Unidos, solicitó al gobierno proteger la democracia y los derechos humanos.

Con información de El Nacional.

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